Bases Legales Bali - IEPP
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BASES LEGALES DEL CONCURSO “IEPP RETO BALI”

La entidad mercantil que promueve el presente concurso (en adelante, el “Concurso”) es la Sociedad: Instituto Europeo de Psicología Positiva, S.L., con domicilio social en Madrid, calle Orense nº 10, primera planta, oficina nº 10 y provista de NIF número B-87684619 (en adelante, “IEPP”) el cual se regirá por las presentes bases legales (en adelante, las “Bases Legales”):

PRIMERA.- Objeto

Con el objetivo de celebrar el décimo aniversario del IEPP, se decide incentivar el conocimiento de las Fortalezas Equilibradas mediante el Test de Fortalezas (TEST FORTE - IEPP) y premiar a los usuarios (en adelante, los “Usuarios”) con un premio al ganador del concurso. El premio es un viaje de 7 días a Bali para dos personas con los gastos de Vuelos y Hotel en régimen de pensión completa incluidos. El IEPP decidirá el Aeropuerto Internacional de salida a Bali.

El ganador será aquel que en los plazos de tiempo estipulados, sea capaz de obtener el mayor número de PUNTOS FORTE. Existen tres formas de conseguir PUNTOS FORTE. La primera es cumplimentando el TEST DE FORTALEZAS DEL IEPP (en adelante, indistintamente, el “TEST” o el “TEST FORTE”). Los resultados del TEST aportan un número de Fortalezas Equilibradas que pueden oscilar entre 0 y 26. Por cada Fortaleza Equilibrada el Usuario recibirá un PUNTO FORTE.

La segunda forma de conseguir PUNTOS FORTE es, invitando a amigos y contactos (en adelante, “Referidos”) mediante una URL de acceso personalizada e única para cada Usuario. La URL de acceso para los Referidos, se encontrará en el panel privado de cada Usuario. Por cada Fortaleza Equilibrada que obtenga el Referido al realizar el TEST mediante la URL de referencia, el Referido y el Usuario, ambos obtendrán un PUNTO FORTE. Es importante entender, que si el Referido no utiliza la URL de referencia, el sistema informático no podrá sumar los PUNTOS FORTE al desconocer el Usuario de referencia. Ejemplo de una URL con referencia: www.iepp.es/bali/?ref=XXXX En lugar de las XXXX cada usuario tendrá un número único de Referencia. Ejemplo de una URL sin referencia: http://www.iepp.es/bali En este caso no cuenta con una trazabilidad para llevar un seguimiento de los Referidos que cada Usuario recomienda el concurso.

El Referido será aquel que haya utilizado la URL de Referencia que el Usuario le haya compartido por correo electrónico, whatsapp, Messenger, o cualquier otro sistema elegido por el Usuario.

El Referido será de un único nivel por debajo del Usuario. No se contemplan, por tanto, Multiniveles. Cada nuevo Referido podrá convertirse en un Usuario que busque sus propios Referidos y así participar en el presente Concurso compartiendo a su red de contactos. La tercera forma de conseguir PUNTOS FORTE es mediante Retos que se lancen y que el IEPP comunicará a todos los Usuarios del Concurso en fechas determinadas durante el periodo de vigencia del presente Concurso.

SEGUNDA.- Periodo de la promoción

El plazo durante el cual se podrá participar en el Concurso dará comienzo el 20 de febrero de 2020 a las 00:00 horas (hora peninsular española) y finalizará el 31 de Julio de 2020 a las 11:59 horas (hora peninsular española), ambos inclusive.

TERCERA.- Ámbito territorial de la promoción

La presente promoción será válida en cualquier territorio.

CUARTA.- Naturaleza de la promoción

La participación en la presente promoción es gratuita y se articulará bajo la mecánica de Concurso de participación en Redes Sociales y otros medios que decidan utilizar los Usuarios.

La presente promoción no está patrocinada, avalada, administrada, ni asociada de modo alguno a Instagram, Facebook o a Twitter.

QUINTA.- Condiciones de participación

Podrán participar en el Concurso todas aquellas personas físicas, en su condición de consumidores, que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión, dadas de alta en el registro del IEPP a través de la URL de acceso facilitada por algún amigo o contacto, o en su defecto por el propio IEPP.

El IEPP, en su condición de entidad organizadora del presente Concurso, será la encargada de certificar el ganador del Concurso, según el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases Legales.

SEXTA.- Limitación de participación

Quedan excluidos de la participación en el presente Concurso Personas Jurídicas. Sólo podrán participar Personas Físicas.

SÉPTIMA.- Premios

El ganador obtendrá un premio de un viaje de 7 días a Bali para dos personas con gastos de Vuelos y Hotel en régimen de pensión completa incluidos. (en adelante, los “Premios” o individualmente, “el Premio”).
Los Premios quedarán sujetos a las siguientes condiciones:

  • Los Premios no podrán ser objeto de cambio, alteración o compensación alguna a petición del participante premiado.
  • Los participantes premiados podrán renunciar a los Premios obtenidos, pero en ningún caso se ofrecerá un premio alternativo, ni dicha renuncia dará derecho de indemnización o compensación.

OCTAVA. – Mecánica del Concurso y notificación de los Premios

Para participar y poder optar al Premio indicado en la estipulación séptima, es necesario que el Usuario se registre en la página web del IEPP o el la URL que le facilitó su amigo o contacto, a modo de ejemplo de URL: www.iepp.es/bali/?ref=XXXX Y, una vez registrado, cumplimente el TEST FORTE. Los resultados del TEST aportan un número de Fortalezas Equilibradas que pueden oscilar entre 0 y 26. Por cada Fortaleza Equilibrada en Usuario recibirá un PUNTO FORTE. El usuario podrá compartir tantas veces como desee la URL, a través de redes sociales u otros medios, para conseguir Referidos que hagan el TEST y por cada Fortaleza Equilibrada que obtenga el Referido, ambos (Usuario y Referido) obtendrán un PUNTO FORTE.

No tomarán parte en el Concurso aquellos Usuarios que generen comentarios que, a criterio del IEPP, en su condición de entidad organizadora del Concurso, puedan tener una naturaleza inapropiada, ofensiva o ilícita.

IEPP no será en ningún caso responsable de cualesquier daño que pueda derivarse por la naturaleza de los contenidos publicados en Redes Sociales o formatos similares por parte del Usuario del presente Concurso.

Tras la fecha de terminación de cada etapa del Concurso, IEPP dispondrá de un plazo de cinco (5) días naturales para comunicar el ganador del Concurso y la entrega del Premios se realizará durante los diez (10) días naturales siguientes a su aceptación por parte del Ganador. IEPP se reserva el derecho de modificar la fecha de la toma de decisión o entrega del Premio cuando concurran causas suficientes que así lo justifiquen. IEPP se reserva el derecho a dejar desierto el Concurso o el Premio si ninguno de los Usuarios cumple con los requisitos establecidos en las presentes Bases Legales o si alguno de los usuarios renuncia al Premio adjudicado.

NOVENA.- Notificación de los premios y requisitos para su entrega

Dentro de los cinco (5) días naturales siguientes a la fecha fin del Concurso, se comunicará el ganador a todos los Usuarios. El IEPP se pondrá en contacto con el usuario ganador por correo electrónico, el mismo que facilitó en el registro inicial para comunicarle que ha sido el ganador del Concurso. Si no se lograra contactar con el Usuario tras realizar tres (3) intentos de comunicación en un plazo de cinco (5) días naturales, este Usuario quedaría descalificado, perdiendo automáticamente el derecho a obtener el Premio, el cual se adjudicará al siguiente Usuario de la lista según el orden de mayor número de PUNTOS FORTE.

En particular, una vez que se haya verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes Bases Legales, el usuario ganador recibirá del IEPP un Documento de aceptación del Premio que deberá remitir dentro de los siete (7) días naturales siguientes por la vía a tal efecto indicada, con los datos y documentación solicitada, y debidamente firmado, en prueba de conformidad con la aceptación del Premio.

La entrega efectiva del Premio se realizará conforme a los plazos y forma definidos por el IEPP y descritos en el Documento de aceptación del Premio, quedando ésta condicionada a la remisión de dicho Documento. Se estima que el viaje a Bali se realizará entre el mes de Mayo de 2020 y Septiembre de 2020, pudiendo ser otras fechas en el caso de que el IEPP lo decida.

DÉCIMA. – Actuación fraudulenta, irregular o dolosa

En el caso de que el IEPP, cualquiera de las Entidades Adheridas o cualquier otra entidad que esté ligada profesionalmente a este Concurso, detecten cualquier anomalía o tengan sospechas de que algún participante está imposibilitando el normal desarrollo del Concurso, perjudicando los fines del mismo, o llevando a cabo cualquier acto fraudulento que atente contra su desarrollo, el IEPP se reserva el derecho de dar de baja al Usuario, Usuarios o Referidos implicados, todo ello sin perjuicio de cualesquier otra medida legal que estime oportuno emprender.

A este respecto, IEPP ha habilitado los soportes tecnológicos necesarios para detectar cualquier actuación fraudulenta, irregular o dolosa que pretendiera alterar el normal funcionamiento del presente Concurso.

UNDÉCIMA.- Exoneración de responsabilidad

En la presente promoción, el IEPP, las Entidades Adheridas y cualquier otra entidad que esté ligada profesionalmente a este Concurso, así como las redes sociales a través de las que se organiza el mismo, quedan exoneradas de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de cualquier circunstancia imputable a terceros que pudiera afectar al desarrollo de la mecánica del Concurso y, en especial a la entrega de los Premios.

En el mismo sentido, las entidades descritas no serán en ningún caso responsables de cualesquier daños, de cualquier naturaleza, directos, indirectos y/o circunstanciales, ya sean inmediatos o diferidos, que pudieran aparecer con ocasión o como consecuencia del disfrute del Premio.

DECIMOSEGUNDA.- Reclamaciones

Cualesquier reclamaciones que se originen por causa del presente Concurso deberán presentarse dentro del plazo de los tres (3) meses siguientes a la fecha fin del Concurso.

DECIMOTERCERA. – Protección de datos

Las Entidades Adheridas utilizarán los datos de carácter personal de sus Usuarios para identificar al Ganador y Suplentes del Concurso. Una vez finalizado el Concurso, el IEPP enviará boletines de las Novedades y Promociones del IEPP a los Usuarios y Referidos. A este respecto, las Entidades Adheridas se comprometen a cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, así como con la normativa nacional que resulte aplicable, y con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la información y de comercio electrónico.

Los participantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y cualesquiera otros reconocidos en la normativa vigente en materia de protección de datos que pudieran corresponderles, mediante el envío de un correo electrónico a baja@iepp.es.

Información básica sobre Protección de Datos

Responsable:
Instituto Europeo de Psicología Positiva, S.L.

Finalidad:
Participación en la promoción, certificar el cumplimiento de los requisitos de participación y, en su caso, comunicación y gestión de la entrega del Premio. Una vez finalizado el Concurso, el IEPP enviará boletines de las Novedades y Promociones del IEPP a los Usuarios.

Datos:
Nombre, apellidos y correo electrónico.

Legitimación:
Consentimiento del interesado.

Destinatarios:
No se cederán datos a terceros salvo obligación legal.

Procedencia:
Los datos son obtenidos del propio interesado.

Derechos:
Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.

Información adicional:
Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el portal web www.iepp.es/aviso-legal/

DECIMOCUARTA.- Fiscalidad

Se informa al Ganador de que el Premio obtenido tiene la consideración, a sus efectos, de ganancia patrimonial no derivada de transmisiones, quedando sujeta a tributación directa (IRPF), siendo responsabilidad de cada uno de ellos el cumplimiento de sus respectivas obligaciones fiscales.

DECIMOQUINTA. – Autorización de utilización de nombre y cesión de derechos de imagen

El Ganador autoriza al IEPP a reproducir y utilizar su nombre, apellidos e imagen, en cualquier actividad publicitaria o promocional en cualquier soporte o medio de comunicación (TV, Internet, Redes Sociales u otros) relacionada con el presente Concurso, en todo el mundo y con una duración indefinida, sin que ello le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno al Usuario, a excepción del Premio recibido. Las creaciones, cualquiera que sea su modalidad, que pueda elaborar el IEPP a los efectos antes enunciados, serán titularidad de del IEPP y se entenderá que, en virtud del Premio recibido, el participante premiado cede en exclusiva todos los derechos de explotación sobre los mismos, siempre que ello no implique modificación de los datos personales del participante premiado.

Dicho consentimiento podrá ser revocado, en cualquier momento, por el Ganador, debiendo indemnizar, en su caso, al IEPP por los daños y perjuicios causados.

DECIMOSEXTA. – Aceptación de las Bases Legales

La participación en el Concurso supone la aceptación íntegra de las presente Bases Legales, así como la aceptación del criterio del IEPP en las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe.

DECIMOSÉPTIMA.- Modificaciones

El IEPP, en el caso de existir causas de fuerza mayor ajenas a su control, se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio, suspender, acortar o ampliar este Concurso, comprometiéndose a dar a dichas modificaciones el mismo grado de publicidad que a las presentes Bases Legales, mediante su actualización en la página web www.iepp.es/bali/.

DECIMOCTAVA.- Legislación aplicable y fuero

La presente promoción se regirá por el derecho español común vigente.

Para toda controversia que pudiera surgir de la interpretación y aplicación de las presentes Bases Legales, tanto el IEPP como los participantes de este Concurso, se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital, sin perjuicio del fuero que por ley pudiera corresponder al Usuario.

DECIMONOVENA.- Depósito de las Bases Legales ante Notario

Las presentes Bases Legales están depositadas ante el Notario del Ilustre Colegio de Notarios de Madrid Don José Ángel Martínez Sanchiz, en su Protocolo 363, con domicilio profesional en la calle Velázquez, 12, 28001 – Madrid, y están disponibles en la página web del IEPP https://www.iepp.es/bali/ y en el archivo electrónico notarial de bases de concursos y sorteos (ABACO), habiéndose remitido copia de las citadas Bases a la Agencia Notarial de Certificación (ANCERT). En caso de que cualquier estipulación de estas Bases Legales sea declarada nula o inválida, seguirán en vigor las restantes cláusulas no afectadas por la misma.